Con la entrada del nuevo año, el Ministerio de Trabajo planteó un proyecto legislativo referente al Real Decreto-Ley 688/2021, mediante el cual se ha modificado el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.
Esta modificación implica que cualquier autónomo podría recibir una multa generada a través de un ordenador, sin la supervisión directa de un inspector. Aun así, su ámbito de aplicación definitivo todavía no está determinado y se ha reservado su uso para incumplimientos objetivos.
El Ministerio de Trabajo apuesta por la digitalización
Desde el 1 de enero del presente año ha entrado en vigor un profundo cambio en el procedimiento sancionador de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El Ministerio de Trabajo ha apostado por digitalizar parte de las inspecciones de trabajo mediante el uso del Big Data y la Inteligencia Artificial, que permite reducir el fraude a la Tesorería y automatizar el proceso sancionador. Es por ello que este año se emitirán las primeras sanciones determinadas completamente por robots, sin necesidad de que un inspector revise el procedimiento.
Aun así, la mayoría de las actuaciones de la inspección necesitarán ser supervisadas por un inspector, ya que existen muchos escenarios en los que no se puede actuar sin la interpretación del funcionario. Es por ello que de momento se han automatizado pocos procesos de las inspecciones de trabajo, que se corresponden a aquellos cuyo incumplimiento es objetivo.
La automatización de sanciones
El alcance de la automatización de sanciones que se encuadra en el Real Decreto-Ley 688/2021 (capítulo IX, “procedimiento sancionador promovido por actuación administrativa automatizada en el ámbito de la Administración General del Estado”) todavía no ha fijado los casos en los que se podrían automatizar las multas, ya que se debe explorar la viabilidad del proyecto. Aun así, el ente público ha confirmado que las sanciones que se pueden automatizar a día de hoy durante las inspecciones de trabajo son:
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El retraso del ingreso en las cotizaciones de los trabajadores a la Seguridad Social.
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Compatibilizar prestaciones de forma indebida.
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Fraudes en los que no haya lugar a interpretaciones.
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Incumplimiento de plazos de pago o de altas.
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Incumplimiento de futuras obligaciones respecto a contratos indefinidos y/o temporales.
Impacto de la automatización en los autónomos
El Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social alerta del impacto negativo conlleva la digitalización de estas sanciones durante las inspecciones de trabajo para los autónomos. Principalmente, puede suponer una pérdida de garantías, al recibir sanciones que, a pesar de que se puedan recurrir más adelante, implican gastos añadidos.
Varios abogados laboralistas afirman que el 99% de las infracciones que pueden cometer los autónomos están sujetas a interpretación, ya que precisan de que un inspector verifique una gran cantidad de datos objetivos y pueda analizar su relación.
El problema reside en que hay decenas de situaciones que las máquinas no pueden distinguir, por lo que se podrían abrir procesos sancionadores sin tener en cuenta la realidad de un negocio. Por ejemplo, si una empresa se encuentra en situación concursal (exonerada de cotización), la máquina obvia este dato y abriría una acta de liquidación de cuotas, dando un resultado erróneo.
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