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Así tributa tu plan de pensiones en la declaración de la renta

El Gobierno prioriza los planes de pensiones de empleo y limita la aportación de un plan de inversiones individual a 2.000 euros.


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El plan de pensiones es un producto de ahorro provisional interesante para los trabajadores, ya que permite generar un ahorro del que disponer en la jubilación en forma de capital o rentas. Las cantidades aportadas anualmente al plan de pensiones pueden ser desgravadas en IRPF, reduciendo la base imponible y ofreciendo por tanto un importante ahorro fiscal que dependerá del tipo marginal del contribuyente. 

Aun así, los planes de pensiones tienen una forma de tributar en la declaración de la renta muy diferente a otros productos financieros, ya que Hacienda lo considera un salario en diferido. Este hecho se traduce en que las aportaciones al plan pueden descontarse de la base imponible del Impuesto de la Renta, aligerando la factura fiscal. En el momento de la jubilación, cuando se recupere el dinero, se deberá tributar en IRPF como si se tratase de un salario. 

 

Planes de pensiones de empleo: la opción más rentable

El Gobierno ha implementado una revisión de la normativa de la figura de ahorro-previsión, priorizando los planes de pensiones de empleo. Implica que la empresa promueva el ahorro entre los trabajadores y destine una parte de la remuneración salarial como aportaciones al plan; siendo un dinero inamovible mientras exista relación laboral con la empresa. La Ley de Presupuestos de 2022 fijó en 8.500€ la aportación máxima anual por aportaciones a planes de pensiones de empleo (y la consiguiente deducción fiscal en el impuesto sobre la renta del trabajador).

Por ejemplo, un particular que tenga una base imponible de 30.000 euros y cuente con una empresa que hace aportaciones a su plan de empleo, podría llegar a descontarse 8.000 euros de la base imponible, con un ahorro medio de unos 2.640 euros.

 

Regulación del plan de pensiones individual en la renta

La rentabilidad del plan de empleo ha mejorado en detrimento del plan de pensiones individual. El Ejecutivo ha reducido el importe máximo que un contribuyente puede aportar (y desgravarse) de un plan de pensiones individual de 8.000€ a 2.000€. Retomando el ejemplo del particular que cuenta con una base imponible de 30.000 euros y tras la implementación de la nueva normativa, si hubiera aportado el máximo a su plan individual, tan solo tendrá que tributar en el IRPF por 28.500 euros.

El tope máximo, teniendo en cuenta aportaciones al plan individual y al de empleo, podría llegar a 10.000 euros anuales.

 

¿Cuáles son los tipos de planes de pensiones?

Los planes de pensiones también se pueden clasificar según el riesgo económico que se asuma en su desarrollo: una inversión con bajo riesgo suele implicar menores rentabilidades y que con una inversión de alto riesgo podemos llegar a obtener mayores rentabilidades. 

Se pueden diferenciar cuatro tipos de planes de pensiones:

  1. Planes de pensiones de renta fija: invierten el capital en productos financieros algo más seguros que la bolsa. Pueden ser activos a corto o largo plazo (letras del tesoro o bonos y obligaciones). El riesgo de la inversión tiende a ser bajo, y la duración media de la cartera de renta fija a corto plazo no puede ser mayor de dos años,

  2. Planes de pensiones de renta variable: invierten el capital en productos de renta variable como acciones y ETF. Tienen una proyección de rentabilidad esperada mayor a los planes de pensiones de renta fija, pero se enfrentan a una mayor volatilidad.

  3. Planes de pensiones mixtos: mezcla la inversión en renta fija y renta variable, potenciando las ventajas de ambos productos financieros. Se aminora el riesgo propio de la bolsa con la inversión en bonos y letras.

  4. Planes de pensiones garantizados: garantizan total o parcialmente el capital que se va aportando y remunera con una rentabilidad fijada en la firma del plan, siempre que no se retire el dinero antes del vencimiento.

 

Rescate del plan de pensiones

Para rescatar el plan de pensiones es necesario alcanzar la jubilación (a edad ordinaria, anticipada o diferida), a partir de la cual puede acceder a las aportaciones que haya realizado a lo largo de la vida del plan y la posible rentabilidad que éste le haya generado. Aun así, existen algunas contingencias o ciertos supuestos excepcionales que permite rescatar el plan de pensiones de manera anticipada: acreditar una situación de desempleo de larga duración, es decir:

  • Estar en situación legal de desempleo.

  • Estar inscrito como demandante de empleo.

  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o no tener derecho a ella. 

 

Los autónomos que ya hayan agotado el derecho a recibir prestaciones contributivas y estén inscritos como demandantes de empleo, podrán rescatar el plan de pensiones antes de la jubilación si demuestran:

  • Incapacidad laboral permanente (total, absoluta o gran invalidez).

  • Dependencia severa o gran dependencia (dependiente o gran dependiente).

  • Enfermedad grave: (estado de enfermedad grave propia o padecida por el cónyuge y los ascendientes o descendientes de primer grado).

  • Fallecimiento (sus beneficiarios recibirán el capital acumulado en el plan de pensiones; en el caso que no estén designados, sus herederos recibirán el dinero).

  • Tras un periodo de diez años (desde el 1 de enero de 2025 se podrán rescatar aquellas participaciones con una antigüedad mínima de diez años). 


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